lunes, 3 de marzo de 2008

Demagogia de los Géneros

Homosexuales, bisexuales,
lesbianas, ¿hombres y mujeres?


Hace poco más de dos décadas era impensable que una relación entre personas del mismo sexo fuera a tener la fuerza legal suficiente como para poder ser fuente de derechos y obligaciones para los sujetos de este tipo de relaciones. Hoy en día países como Estados Unidos, Reino Unido y España han comenzado a legalizar las relaciones lésbicas y homosexuales, dándoles a sus sujetos la capacidad para celebrar un contrato de matrimonio y poder adoptar hijos.

Como todo cambio esto genera una serie de consecuencias que van enfocadas a la óptica de la sociedad frente a las relaciones entre homosexuales, el nuevo modelo familiar que se pretende crear y las consecuencias que hasta ahora se han dado en virtud de la legalización de los matrimonios homosexuales.


"Gay Divorces Follow Gay Marriages in Mass" decía un tabloide en el New York Times hace algunos años. A pesar de que se tiene la creencia de que las parejas son para toda la vida, es evidente que al igual que cualquier pareja heterosexual, los matrimonios homosexuales también tienen sus puntos vulnerables. A pesar de ello hay de todo, parejas que han durado juntos décadas sin ninguna clase de vínculo, así como parejas que han durado semanas y estando casados. Entonces el matrimonio entre homosexuales definitivamente no es la formula de la felicidad eterna, es solo una forma de establecer una relación jurídica de derechos y obligaciones para los consortes.


El párrafo tercero del primer artículo de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos establece lo siguiente: (énfasis añadido)

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el genero, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”

Esta norma se supone que es de carácter supremo, sin embargo, los diversos códigos civiles ni si quiera preveen la posibilidad de que dos personas con preferencia sexual hacia su mismo sexo puedan celebrar un matrimonio ¿y esto no es discriminar y menoscabar los derechos civiles y las libertades de los homosexuales? ¿será posible que un acto de concubinato genere más derechos y obligaciones que la vida cuasi marital de dos personas del mismo sexo?

Hace ya más de un par de años, en España el artículo 44 del código civil sufrió una ligera reforma la cual transcribimos:

“El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo”

Con esta pequeña reforma, se les otorga a las parejas homosexuales la posibilidad de celebrar un matrimonio con todas las consecuencias jurídicas que derivan de ello.

En México la historia es diferente, el Distrito Federal y el estado de Coahuila cuentan con las llamadas "sociedades de convivencia". Dichas sociedades otorgan, al menos, derechos patrimoniales a parejas (sea del mismo sexo o diferente). En el caso del Distrito Federal, el concepto de sociedad de convivencia es más lato, en virtud de que no necesariamente lo pueden celebrar parejas, sino personas que deseen vivir una vida en común y sean primos, hermanos o lo que sea.

Las diferencias de la sociedad de convivencia y el matrimonio son marcadas: el matrimonio reconoce un estado civil y, por ende, otorga derechos civiles a las parejas y les da, además, la posibilidad de acceder a una familia por vías naturales o de adopción. La sociedad de convivencia solamente otorga derechos patrimoniales: copropiedad, herencia y la posibilidad de obligarse con el patrimonio social. A pesar de lo anterior, la sociedad de convivencia otorga a los asociados la obligación de coayuda mutua. Esto representa un gran avance.

La diversidad de géneros.

Mucho se ha hablado de que existen cinco diferentes "sexos" o "géneros": Los hombres, las mujeres, los homosexuales, las lesbianas y los bisexuales. La tesis anterior ha sido tomada por multiples legislaciones así como en muchísimas inciativas de ley (incluso en México) pero tristememnte es evidente que esta tesis es totalmente errónea y dice a gritos la ignorancia de muchos en cuanto al tema.

Un homosexual, una lesbiana o un bisexual siguen teniendo un género y es el género con el cual nacieron, crecieron y se van a morir: hombres y mujeres. Es tiempo de quitarnos la idea de la cabeza de que una mujer deja de ser mujer si tiene preferencia sexual por las mujeres o que un hombre deja de ser hombre si su objeto sexual son los hombres, siguen siendo mujeres y hombres pero con preferencias sexuales diversas. Una historia muy diferente es la de los transexuales, donde se debería ir considerando el hecho de poder incluír una cláusula legal que posibilite el cambio civil de sexo bajo ciertos supuestos.

Por ende, el hecho de afirmar que pertenecen a diferente sexo los homosexuales, las lesbianas, los hombres y las mujeres, lejos de crear igualdad entre ellos genera una falta de respeto hacia sus derechos de identidad. Es importante, por último, que los activistas que trabajan en pro de los derechos civiles homosexuales no buscan una justificación moral, sino una igualdad jurídica.

No hay comentarios: