miércoles, 26 de mayo de 2010

México. A la Mitad del Camino en Materia de Protección de Datos.

El pasado 28 de abril, el Senado de la República aprobó una serie de reformas a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información y Protección de Datos Personales con el objetivo de proteger los datos otorgados a diversas instancias del gobierno federal por parte de usuarios de programas, servicios y trámites que se ventilan ante estas oficinas burocráticas.

¿Qué son los Datos Personales?

Podemos definir estos datos de muchísimas formas, pero en términos generales se trata de datos referentes a la identidad, capacidad económica, actividades, entre otras de personas.

Se considera que es importante proteger los datos personales ya que estos pueden ser utilizados para un montón de fines no autorizados por el dueño de dichos datos o bien para fines ilícitos. Por ejemplo, ¿cuántas veces no nos han marcado de bancos, agencias de viajes, agencias de automóviles, financieras, hoteles, etc para ofrecernos algún paquete de descuento o alguna cuenta bancaria? ¿Cómo es que llegan estos datos a estas instituciones que nada tienen qué ver con nosotros? ¿Cómo es que estas instituciones tienen la capacidad seleccionar clientes o usuarios de acuerdo a una serie de variables a las que visiblemente tienen acceso?

La Protección de Datos en México

Hasta hace muy poco contábamos con una laguna legistlativa inmensa en materia de protección de datos. Nuestra Constitución y nuestras leyes federales conceden cierta proteccíón a los datos personales, sin embargo, no existían sanciones específicas para las personas que incumplían con estas disposiciones.

La reforma a la otrora Ley de Transparencia, como ya lo advertimos, está enfocada específicamente a proteger los datos personales que se encuentran en manos de autoridades federales. Con el nuevo ordenamiento además el IFAI tendrá facultad de realizar auditorías en materia de seguridad de los sistemas de archivo de protección de datos de las entidades federales y elaborará un regustro pormenorizado de las bases controladas por los mencionados organismos. Se establece además que cualquier uso de la información personal calificada como confidencial deberá ser autorizado por el ciudadano a través de su consentiemiento expreso o tácito, cuando se trate de datos que revelen su origen étnico, estado de salud, creencia religiosa, afiliación sindical, opininón política o preferencia sexual.

Las autoridades federales quedan obligadas asimismo a publicar un aviso de privacidad para informar a los mexicanos cuál es la finalidad de solicitar sus datos así como las consecuencia de la negatuva de proporcionarlos, sin derecho a rectificar o cancelar.

España. Punta de Lanza en Materia de Protección de Datos en los países Hispanoparlantes.

España, al ser parte del pilar de integración europea es el único país de habla hispana que cuenta
con los llamados 'derechos fundamentales de tercera generación'. Entre estos derechos fundamentales se encuentra precisamente la protección a la privacidad y a los datos personales de los ciudadanos. En este sentido, existen diversas sanciones para quienes de alguna manera y otra revelen, distribuyan, lucren o utilicen datos personales sin la autorización del dueño de dichos datos. Existe además una procuraduría especializada en la protección de datos personales, misma que es la encargada de sancionar y resolver controversias en que surjan entre los gobernados o bien entre el Estado y los gobernados en materia de protección de datos personales.